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Visa Center

Trámite Consular

Una vez que usted es el beneficiario de una petición de inmigrante aprobada y hay un número de visa disponible de forma inmediata, una de las principales vías para solicitar el estatus de residente permanente (obtener una Tarjeta Verde o Green Card) es a través del procesamiento consular.

Si usted se encuentra fuera de Estados Unidos, puede solicitar una visa de inmigrante en el consulado o embajada del Departamento de Estado correspondiente en su país. Esta visa le permitirá ingresar legalmente a Estados Unidos como residente permanente.

El Centro Nacional de Visas (NVC) es el encargado de recopilar los pagos correspondientes a las solicitudes de visa de inmigrante, así como la documentación de respaldo. El NVC notificará tanto al peticionario como al beneficiario cuando reciba la petición aprobada, y posteriormente, cuando el número de visa esté próximo a estar disponible.

Además, informará cuándo deben enviarse los pagos de trámite (también conocidos como fee bills o facturas de tarifas) y la documentación de apoyo requerida.

Una vez que la visa esté disponible, o que la fecha de prioridad sea vigente según lo establecido en el Boletín de Visas mensual, la oficina consular programará una cita para entrevista. Dicha oficina se encargará de finalizar el proceso y de determinar si el beneficiario califica para recibir una visa de inmigrante.

Usted no necesita contactar directamente al Centro Nacional de Visas (NVC) con respecto a su petición, ya que ellos se comunicarán con usted para solicitar la información necesaria. Sin embargo, sí debe notificar al NVC si ocurre alguno de los siguientes cambios:

• Ha cambiado de dirección.

• Cumplió 21 años, si cuando se presentó la petición era menor de esa edad.

• Su estado civil ha cambiado (por ejemplo, si se casó o se divorció).

Estos cambios pueden afectar su elegibilidad o la disponibilidad de la visa. Para obtener más detalles sobre cómo notificar al NVC, visite su página de Información de contacto.

Antes de ingresar a Estados Unidos, deberá pagar la Tarifa de Inmigrante de USCIS. Esta tarifa permite a USCIS procesar su paquete de visa y generar su Tarjeta de Residente Permanente (Green Card). Se recomienda realizar el pago en línea, tan pronto reciba su paquete de visa, pero antes de viajar a Estados Unidos.

Al ingresar al país, deberá entregar su paquete de visa sellado al oficial del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) en el puerto de entrada. El oficial revisará su documentación y decidirá si lo admite como residente permanente. Una vez admitido, adquirirá oficialmente ese estatus y podrá vivir y trabajar de forma permanente en Estados Unidos.

Si usted pagó la tarifa de inmigrante, recibirá su Tarjeta de Residente Permanente por correo dentro de los 90 días posteriores a su llegada a Estados Unidos. Si no la recibe en ese plazo, deberá comunicarse con USCIS para obtener asistencia.

DOCUMENTOS NECESARIOS:

Certificados de Nacimiento (peticionario y beneficiario).

Certificado de Matrimonio actual del peticionario y el beneficiario, si aplica.

Certificado de Divorcios anteriores del beneficiario, si aplica.

Fe de soltería (en las peticiones de padres residentes a hijos).

Fotografía del pasaporte página principal.

Foto tipo pasaporte del beneficiario.

Antecedentes penales del beneficiario si es mayor de 16 años.

Certificado de naturalización, pasaporte estadounidense o residencia permanente del peticionario.

Licencia de conducción del peticionario.

Taxes, W2/1099 y Transcripciones de los últimos tres años.

Información para el formulario DS-260.